domingo, 5 de julio de 2015

A la Opinión Pública Portugueseña

La Junta Directiva del Colegio Nacional de Periodistas Seccional Portuguesa se dirige a los diversos sectores de la comunidad, en especial al gremio periodístico para fijar posición ante las críticas por el resultado de la I edición de Premios al Desempeño profesional.
En primer lugar, aclarar que el propósito de esta convocatoria es estimular y premiar los trabajos periodísticos que realizan los profesionales de la comunicación social de la entidad, que cumplen con la Ley del Ejercicio del periodismo que establece, que sólo los licenciados en Periodismo pueden ejercer la profesión y deben estar debidamente inscritos en el CNP.
Asimismo, los trabajos postulados deben reunir los siguientes requisitos: Dominio del lenguaje, escritos oral y audiovisual en el campo periodístico según sea el caso, investigación original, profundidad interpretativa de los hechos, valores éticos, trayectoria profesional y aportes significativos al área de postulación.
También deberían tener una vigencia no mayor de dos (2) años y que la apertura de la convocatoria era a partir del 13 de junio y como cierre sería el 20, no obstante por ser la primera vez que se realizaba un proyecto como este, para incentivar la participación se cerró la convocatoria el 22 de junio.
En nuestro accionar nunca estuvo previsto, que luego de otorgar los premios y específicamente la mención del Periodista del año  “Ramón Salcedo Arteaga”, en honor al insigne comunicador social, existieran intenciones mal sanas de gente ajena a la organización que lleva por nombre Colegio Nacional de Periodista seccional Portuguesa, que pone en tela de juicio la actuación del jurado calificador, que en la oportunidad se trata de los periodistas Luis Bazán García, el homenajeado y la secretaria general del gremio Mariangel Martínez.   
Sin embargo como son deberes y derecho del CNP: “Ajustar la actuación a los principios de la ética profesional al respeto y a la defensa de los derechos humanos, de la paz entre los pueblos, de la libertad de expresión al servicio de la verdad y la pluralidad de las informaciones” y considerando que ciertamente existen omisiones en el reportaje presentado para hacerse acreedor de este galardón y nuestra Ley del Ejercicio Profesional es clara en su artículo 34 al señalar que “se consideran violaciones de la ética profesional del periodista, que pueden ser conocidas y sancionadas por los tribunales disciplinarios correspondientes, las siguientes: a) Incurrir voluntariamente en error o falsedad de hechos en sus informaciones. b)  Adulterar intencionalmente opiniones y declaraciones de terceros.  e)  Estimular o amparar el ejercicio ilegal del periodismo”.
En este mismo orden de ideas, el Código de Ética Profesional indica en su artículo 30 que “El periodista tiene prohibido hacer público como suyo material informativo en cuya elaboración no haya participado. Tampoco debe prestar su nombre para amparar contenidos en donde no tenga participación efectiva. En caso de incorporar una cita textual o parafraseada a su trabajo, debe indicar de dónde la extrajo”, hemos decidido retirar el Premio “Ramón Salcedo Arteaga”, pasar a Tribunal Disciplinario el caso, para que se tomen las decisiones pertinentes al caso.
En este sentido, será el Tribunal Disciplinario Seccional el cual evalúe y decida si existe una infracción grave o leve por parte del postulante del trabajo periodístico.

Por la Junta Directiva Seccional


Lcda. Mariangel Martínez      Lcda. Maria Luisa                         Lcdo. Carlos Barrios
Secretaria General                  Secretaria de Organización       Secretario Finanzas
   

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